a Secretaría de Comercio de la Nación apuntó el lunes contra cuatro empresas misioneras por supuestos cobros indebidos, abriendo la puerta a posibles multas millonarias. Pero Alejandro Garzón Maceda, director de Defensa al Consumidor, salió a aclarar los tantos: no hay multas aplicadas, solo imputaciones. Según él, cada empresa tiene sus particularidades legales que justifican los ítems en cuestión, y la intervención de Nación no respeta las competencias provinciales. La Secretaría de Comercio de la Nación inició 244 expedientes contra 95 prestatarias de servicios en todo el país, entre las que se encuentran cuatro empresas misioneras: Samsa (Servicios de Agua Misiones S.A.), Energía de Misiones (EMSA), la Cooperativa de Electricidad de Leandro N. Alem (CELA) y la Cooperativa Eléctrica de Puerto Rico. Estas imputaciones se centran en el presunto cobro de conceptos ajenos a los servicios prestados, lo que podría derivar en multas superiores a $2.000 millones. Además vincularon a la CEEL por una similitud en cuanto a nombres con una empresa de Buenos Aires.
En declaraciones a RADIO STOP el contador Javier Aguirre se refirió a la situación e informó que no han recibido notificaciones al respecto. Vale acotar que la CEEL se ve involucrada en la situación por un nombre similar al de una empresa de la provincia de Buenos Aires. Se trata de Cooperativa Eléctrica Rural, telefónica, de Provisión y Servicios de El Dorado Limitada: "hay mucha desprolijidad en este tema, nosotros no hemos recibido notificación pero por la razón social no habla de la CEEL sino de una empresa de Eldorado provincia de Buenos Aires" explicó.
"Las empresas misioneras se enteraron por los medios y convocaron a una reunión de FEDERACIÓN DE COOPERATIVAS ELÉCTRICAS (FECEM)". Además advirtió que estas imputaciones podrían desfinanciar a las empresas prestatarias, afectando la provisión de servicios esenciales ya que el ítem cuestionado tiene una relación directa con el servicio de alumbrado público.
"En principio jurídicamente nosotros consideramos que es un avasallamiento a las autonomías provinciales y municipales. Si bien es una normativa nacional, las normativas nacionales pueden regular Únicamente las facultades que haya delegado la provincia en ellas, se considera que es una facultad no delegada que pertenece su regulación a provincia y municipios por lo tanto se considera un avasallamiento a normas provinciales y municipales dentro del marco jurídico. En lo operativo complicaría mucho la prestación del servicio de alumbrado si esto no se aplicara de esta manera para solventar el costo del alumbrado el socio debería acercarse a la municipalidad a pagarlo".
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